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FONDO DE EMPLEADOS
CONTRANAL CALDAS
FECONCAL
MANUAL DE FUNCIONES
CARGO: CONTADOR
REQUISITOS MINIMOS PARA EL CARGO: Profesional en el área de Contaduría Pública.
• La persona que aspire a desempeñar el
cargo deberá ostentar altas calidades morales y profesionales.
El cargo de Contador depende funcional y jerárquicamente del Gerente
Le reporta al Gerente, a la Junta Directiva, al tesorero, al Revisor
Fiscal, a los líderes de los comités, a los asociados que
lo requieran, al Estado en materia impositiva y a los organismos de
Control
FUNCIONES
Las funciones del Contador están determinadas por las normas y
código de ética establecidos para el ejercício de
la profesión.
Además:
1. Clasificar, registrar, analizar e interpretar la
información financiera de conformidad con el plan de cuentas
establecido para Fondos de Empleados.
2. Llevar los libros mayores de acuerdo con la
técnica contable y los auxiliares necesarios, de conformidad con
lo establecido por la SIES.
3. Preparar y presentar informes sobre la
situación financiera de FECONCAL que exijan los entes de control
y mensualmente entregar al Gerente, un balance de comprobación.
4. Preparar y presentar las declaraciones tributarias
del orden municipal y nacional, a los cuales el Fondo de Empleados
esté obligado.
5. Preparar y certificar los estados financieros de
fin de ejercicio con sus correspondientes notas, de conformidad con lo
establecido en las normas vigentes.
6. Asesorar a la Gerencia y a la Junta Directiva en
asuntos relacionados con el cargo, así como a toda la
organización en materia de control interno.
7. llevar el archivo de su dependencia en forma
organizada y oportuna, con el fin de atender los requerimientos o
solicitudes de información tanto internas como externas.
8. Presentar los informes que requiera la Junta
Directiva, el Gerente, el Comité de Control Social, el Revisor
Fiscal y los asociados, en temas de su competencia.
9. Asesorar a los asociados en materia crediticia, cuando sea requerido
10. Las demás que le asignen los Estatutos,
reglamentos, normas que rigen para las organizaciones de
Economía Solidaria.
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